Que escriban quienes sepan

El 16 de junio el diario La Nación publicó un artículo que titulaba “Que negocien quienes pagan”. En el texto, mencionan un proyecto de ley que está en tratamiento en la Legislatura porteña y que apunta a encuadrar y reglamentar las facultades de los administradores de los consorcios de propiedad horizontal.
La Nación comentaba que, en un punto específico, el proyecto trata la inclusión de los consorcistas a la discusión salarial para los encargados de edificios.
No tenemos la certeza si fue escrito de mala fe o no; lo que queda en claro, sólo con leer, es que recurren a una serie de gravísimas imprecisiones y equivocaciones jurídicas. Algunas inexactitudes realmente sorprendentes si consideramos que es uno de los diarios más leídos del país -y la responsabilidad que eso debería aparejar.
Como representantes del Suterh, en un tema tan afecto a los trabajadores del sindicato, no podíamos dejar de expresar nuestro desacuerdo con la publicación.
Escrito con un estilo más cercano al tono de los editoriales del diario, que de la crónica de una noticia, ya que lejos de informar, mencionar fuentes y actores del tema de que se trata, solo se “oye” el tañir de una campana, con el evidente intención de crear confusión sobre un tema sensible, basándose en falsas y burdas afirmaciones.
Basándonos en nuestro derecho a réplica, enviamos una carta a la redacción de La Nación para aclararle los puntos en los que disentimos. Para empezar, habría que subrayar:
- Sería anticonstitucional tratar la temática vinculada con la propiedad horizontal desde la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, o de cualquier otra ciudad, ya que corresponde al Congreso Nacional todo aquello que este relacionado con la Ley Nacional de Propiedad Horizontal (N° 13.512).
- Los consorcios de copropietarios tienen las mismas características y condiciones que una persona jurídica, por lo que debe tener unificada su representación legal (por ejemplo, sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada, sociedades comerciales, sindicatos, etc.). Y en este caso, esa representación legal está en cabeza de los administradores, quienes son designados por los propios consorcistas.
- En consecuencia, es falso afirmar (como lo hace La Nación) que los consorcistas no pueden ejercer el derecho de participar de la discusión salarial, ya que su participación es a través de los administradores que ellos mismos eligieron. Estos son los que negocian en nombre del consorcio, de la misma manera que los representantes de los gremios negocian en nombre de los trabajadores.
- Todo lo dicho emana de la ley, la jurisprudencia y las doctrinas pacíficas de todos los tribunales de las distintas jurisdicciones del país. En conclusión, el texto del artículo periodístico demuestra un total desconocimiento del derecho, la ley, la jurisprudencia y la doctrina, pero por sobre todo, demuestra una absoluta falta objetividad periodística.
A no confundirse: nadie, aquí, pretende vulnerar el ejercicio de la libertad de prensa; simplemente desde el Suterh expresamos nuestra disconformidad ante cómo se tratan un tema como este, tan sensible al sindicato y a las familias que lo componen.
En momentos en que el país requiere de la máxima responsabilidad de todos, queremos dejar en claro que desde ningún punto de vista ni el Suterh ni los consorcistas ni nadie relacionado al sindicato, está privado de sus derechos. Esperamos que La Nación así lo entienda y se abstenga de sembrar tornados inexistentes.












No hay ningún tipo de injerencia de los copropietarios sobre el sueldo,.como es eso?no se supone que es el SUTERH el que fija los sueldos?si es asi,con qué administradores negocia?
grs por aclararme…
Don Víctor: lamento decirle que está equivodado. La negociación paritaria de un sidicato nada tiene que ver con la Ley de Propiedad Horizontal. Y también se equivoca al atribuirle al administrador la representación del consorcio sine qua non. El administrador es solo un mandante del consorcio y debe recibir mandato expreso para negociar con ustedes. Por otro lado, valdría la pena que aclare que, salvo la Camara Arg de Propiedad Horizontal, las otras dos entidades “que negocian” con ustedes son atribuidas a usted y a su padre. Está claro que, a la larga, su gestión va en contra de los intereses de sus representados ya que la relación salario vs. servicios prestados no “cierra” y los consorcios optan por despedir encargados y reemplazarlos por opciones mas justas, aunque usted gaste tinta desmintiendo esta tendencia irreversible. Un cordial saludo. Alejandra
Estimada Alejandra: La negociación paritaria en la propiedad horizontal se rige por la Ley 14250, de Convenciones Colectivas de Trabajo y por la Ley de Propiedad Horizontal N° 13.512.
Esta última establece la representación legal de los consorcios de propietarios, por lo que -contrariamente a lo que indicás- ambas leyes están muy vinculadas para la negociación colectiva en el ámbito de la propiedad horizontal. Así la Ley 13.512 establece que el consorcio de propietarios al momento de constituirse y redactar el reglamento de copropiedad y administración deberá designar un administrador, que puede ser propietario o no, quien se desempeñará como representante legal del consorcio. Es así que, el administrador, entre otras funciones tiene la de elegir al personal de la casa, comprendiendo esta facultad la de orden, vigilancia, contralor y disciplina del personal, fijación de la remuneración del mismo, todo ello dentro del contexto de las leyes y convenios laborales, y la de representar al consorcio ante las autoridades administrativas.
Me parece que tu confusión radica en no diferenciar a la persona jurídica consorcio de propietarios, que es el empleador de los encargados, con cada uno de los propietarios que viven en el edificio.
En cuanto a tus afirmaciones sobre las cámaras autorizadas para actuar en las paritarias, me temo carecen de asidero; ninguna de las patronales que intervienen en las paritarias tienen vínculo alguno con el sindicato. Y por supuesto, tampoco el Ministerio de Trabajo las aceptaría como partes.
Por último, también me permito corregirte otra cosa, últimamente, por una cuestión de confianza y seguridad, los consorcios lejos de echar a los encargados, están dejando de contratar empresas que tercerizan servicios de limpieza, para quedarse con el trabajador permanente en relación de dependencia.
Estimado Víctor:
Leo tu blog y las intensas actividades que desarrollas y todavía no sé bien quien sos y a qué te dedicás.
¿Verdad que me contaron que sos Presidente de Caras y Caretas, bajo la dirección de María Seoane?
Estaría encantada de contactar con ella. ¿Es posible?
Hola Victor.Te conozco.Recuerdo que fuiste el primer presidente del centro de estudiantes de enet 12 retiro:apoyado por el fsi(intransigentes) y la “Fede”(comunistas) que tenian varios delegados…
que loco seguis haciendo politica igual,no cumpliendo con los acuerdos,haciendo el calculo chico,como cuando tenias 17 años…apostaste los huevos a mas de una canasta.
si victor te conozco.Lo lograste,felicitaciones.
Don Victor: le agradezco su respuesta pero usted, como buen político, sabe cuando la realidad se impone a sus deseos. Y la realidad dice que el oficio de encargado está desapareciendo en gran parte gracias a que usted tiró tanto de la cuerda que puso en evidencia que la relación costo-beneficio de tener un encargado es claramente negativa para los consorcistas. Y por eso de a poquito vemos en el barrio como se los está despidiendo y las porterías se alquilan en beneficio de los consorcios. Y respecto a las supuestas asociaciones de administradores que negocian con ustedes, sería interesante que usted explique porque les dicen “la mayoría automática del Suterh”. Un cordial saludo. Alejandra
Tengo una duda, de buena fe, que me gustaria que como cabeza de un sindicato me contestaras.
Para ser “sindicalista” no deberias haber ejercido la profesión alguna vez? No se supone que para defender los derechos de tus compañeros tendrías que haber ejercido esa profesión?
Leyendo tu CV en ningun momento lei que hayas trabajado de encargado de edificio.
Tampoco supe si Moyano alguna vez condujo un camión o si su hijo atendió una cabina de peaje o si Viviani alguna vez manejo un taxi.
En fin, es una duda que me gustaría que me respondan, porque conozco varios sindicalistas que si eran empleados (telefónicos, luz y fuerza) pero ninguno supo responderme.
saludos, Marcelo (un ex foetra).